Empadronamiento

El Censo o padrón de habitantes de un municipio es el número de personas empadronadas. Según la población, el ayuntamiento recibirá una aportación económica del gobierno de la Nación con el fin de mejorar los servicios del Municipio tales como Policía Local, Infraestructuras, alumbrado público, limpieza. Cuanto más se incremente la población más subvenciones recibirá el municipio.

Los Extranjeros Residentes en Estepona podrán empadronarse siempre y cuando permanezcan al menos 180 días al año en el Municipio.

Los ciudadanos empadronados podrán beneficiarse de lo siguiente:

  • Inscribir sus hijos en un colegio.
  • Beneficiarse desde el 20% al 80 % de reducción en el recibo del IBI
  • Los que cumplan con los requisitos que dispone la Ordenanza fiscal, podrán beneficiarse de la exención del pago del recibo de la basura.
  • Adquirir un vehículo/una propiedad.
  • Solicitar la tarjeta de 65 años con el fin de obtener descuentos en el autobús local de Estepona, bus provincial, en el servicio de Tele asistencia para personas enfermas y solas, gafas y aparatos auditivos (si es también residente).
  • Crear una asociación dentro del Municipio.
  • Contraer matrimonio en Estepona.
  • Los ciudadanos de la comunidad Europea tendrán derecho a votar tanto en las Elecciones Locales como Europeas y también ser elegidos candidatos.

También deberán aportar los siguientes documentos:

  • Pasaporte o DNI. En su defecto el NIE junto al pasaporte.
  • Escritura o contrato de alquiler.
  • Así mismo los siguientes documentos: recibo de agua, teléfono y electricidad.

Esta tramitación se lleva a cabo en las oficinas de Puertosol o en la Tenencia de Alcaldía de Cancelada.

Le podemos informar desde el Departamento de Residentes Extranjeros de Estepona (oficina de Turismo) en la plaza de las Flores.